Existe la filosofía noájida

¿Existe una «filosofía noájida»? La respuesta es sí, aunque depende del marco conceptual de lo que significa ser «noájida». Pensar que la filosofía noájida no existe por el hecho de que no se menciona en las fuentes judías, es como decir que la filosofía judía no existía antes de 1818, cuando Leopold Zunz registró la expresión «filosofía judía» por primera vez1. Este término nunca fue utilizado por los propios pensadores judíos a lo largo de la historia. De hecho, la expresión «filosofía judía» es una creación académica de la modernidad. Como veremos a continuación, al analizar las fuentes correctas, es perfectamente válido hablar de una «filosofía noájida» aunque no exista un término clásico para definirla.

Para comenzar el análisis del tema, es importante mencionar que el «noajismo» en rigor no está separado del judaísmo, ya que el concepto noájida parte, precisamente, de la tradición judía porque lo que llaman «noajismo» es, en realidad, el campo del judaísmo que concierne a las Leyes Noájidas2. Es como tratar de inventar un «levitismo» solo porque los levitas tienen leyes distintas a los que no son levitas. Esto no ocurre en la práctica, porque las leyes para los levitas también son parte del judaísmo, al igual que lo son las Leyes Noájidas. Sería como afirmar que la obra El Kuzari de Rabi Yehuda Halevi es «filosofía levita», simplemente porque el rabino pertenecía a esa tribu.

Entonces, si el judaísmo es el sistema del cual se desglosan tanto las leyes para los levitas como las leyes noájidas, podemos concluir que la filosofía noájida no es algo separado de la filosofía judía. Tiene mucho más sentido afirmar que lo que catalogamos como «filosofía noájida» es realmente filosofía judía, pero enfocada en lo relativo a las Leyes Noájidas. Por lo tanto, es intelectualmente correcto llamar «filosofía noájida» a cualquier explicación filosófica que un pensador judío haya ofrecido sobre temas relacionados con estas Siete Leyes. Esto significa que el solo hecho de que exista un campo catalogado como «filosofía judía» integra automáticamente todos los criterios necesarios para dar lugar a una filosofía noájida.

Incluso si revisamos algunas de las fuentes clásicas más conocidas, podemos concluir que la «filosofía noájida» ya había sido concebida por pensadores judíos. Maimónides, por ejemplo, establece que los Justos de las Naciones tienen parte en el Mundo Venidero mediante su compromiso explícito con las leyes noájidas3. Sin embargo, también existe la interpretación de que los Sabios de las Naciones reciben una recompensa aún mayor gracias a su elevado conocimiento de la verdad filosófica4. Esto implica que un Sabio de las Naciones, en su condición de noájida, debe pasar necesariamente por procesos de reflexión racional. Para Maimónides, estos Sabios son aquellas personas que a través de la razón llegan a la conclusión de que deben observar las Leyes Noájidas, un logro que indiscutiblemente requiere de procesos filosóficos5. Por lo tanto, no es descabellado pensar que Maimónides ya concebía la figura del filósofo noájida. El detalle radica en que las expresiones «filosofía judía» o «filosofía noájida» ni siquiera existían en su época, a pesar de que Maimónides es considerado el filósofo judío por excelencia.

Asumiendo que la filosofía noájida puede estar abarcada dentro de la filosofía judía, el reto sería definir exactamente qué significa «filosofía judía». He leído y escuchado numerosos intentos por definir este concepto y existe un amplio debate entre académicos, filósofos y rabinos sobre qué incluye y qué deja por fuera. Definirla no es una tarea fácil porque no basta con basarse únicamente en sus temas o contenidos6. Por ejemplo, ¿califica como «filosofía judía» cualquier texto filosófico escrito por un judío? Como el caso de Karl Marx, ¿se convierte este en filosofía judía simplemente por sus raíces judías? Por otro lado y yendo a la pregunta clave: si una persona que no es judía escribe una obra filosófica que cumpla con todos los parámetros rigurosos que supuestamente definen la «filosofía judía», ¿deja de ser «filosofía judía» solo porque el autor que la escribe no es judío? Aunque este problema de definición ha sido muy debatido en las facultades especializadas, mi postura es clara: si un noájida hace filosofía bajo la óptica del judaísmo (o de lo que llaman «noajismo»), su obra puede catalogarse perfectamente como «filosofía judía». Como expliqué antes, esto se debe a que el noájida opera dentro del propio sistema del judaísmo.

Es más, podríamos también abordar el tema usando la definición clásica y no legislativa que establece que todo ser humano es un noájida (hijo de Noé). De ser así, ¿significa esto que cualquier filosofía desarrollada por un ser humano, que analice alguno de estos Siete Principios accesibles a través de la razón, podría catalogarse como «filosofía noájida»? Esto llevaría a que toda filosofía que encaje en este sistema sea considerada «filosofía noájida». Paradójicamente, esto incluso convertiría a la filosofía judía en un subconjunto de la filosofía noájida.

En principio, toda legislación nace de un metaanálisis filosófico. O al menos eso es lo que se enseña en buena parte de la carrera de Derecho. Esta idea tiene un precedente claro en la literatura rabínica a través de la postura de Nahmánides. Según él, las leyes civiles de las naciones pueden considerarse como parte de la Ley Noájida, específicamente comprendidas en el precepto de Dinim (la obligación de establecer tribunales de justicia)7. Por lo tanto, podríamos deducir que, para Nahmánides, los pensadores que desarrollaron las leyes civiles basándose en premisas filosóficas ineludibles estaban haciendo, en la práctica, «filosofía noájida», ya que sus desarrollos intelectuales crearon la legislación necesaria para el orden social.

Siguiendo esta línea de razonamiento, un ejemplo concreto es la obra de Hugo Grocio (siglo XVII). Al desarrollar su idea del ius gentium (derecho de gentes), basó sus disertaciones en gran medida en las Leyes Noájidas8. Lo mismo ocurre con su contemporáneo John Selden, quien construyó su concepto de de iure naturali et gentium utilizando las Leyes Noájidas como fundamento histórico9. Tanto Grocio como Selden son pilares indiscutibles de la filosofía política y la filosofía del derecho. Entonces, bajo la óptica de Nahmánides que acabamos de explicar, ¿podríamos considerar que sus aportes son filosofía noájida? Otro ejemplo aún más explícito se encuentra en las obras de Aimé Pallière, quien se identificó abiertamente como noájida y escribió múltiples textos de profunda carga filosófica10. ¿Se podría catalogar su obra como «filosofía judía»? Parece que no cabe la menor duda. Estos son solo algunos ejemplos históricos (y hay muchos más) de una época en la que la rígida categoría occidental de «filosofía judía» apenas comenzaba a gestarse.

En la actualidad, la filosofía elaborada por noájidas es un hecho indiscutible y en pleno crecimiento. Un ejemplo es el libro de Alan W. Cecil, publicado en 201111. Este libro fue citado en la tesis de maestría de P. J. Villalonga en 2017 para la Universidad Internacional de Florida, institución académica donde, como dato curioso, tuve el honor de ser invitado a dar una charla en 2019. En el mundo hispanohablante está, por ejemplo, la tesis de maestría en filosofía del profesor Carlos Sánchez, que analiza cómo el filósofo Jürgen Habermas entendió el origen de la moral universal contemporánea12. En general, considero que cualquier publicación filosófica que el profesor Sánchez desarrolle bajo un enfoque noájida (como de hecho lo hace) debe catalogarse como filosofía noájida sin dudarlo. Otro ejemplo destacado es el doctor Francisco Gil-White. Aunque su trabajo académico se especializa en antropología, la academia reconoce que su investigación empírica tiene profundas implicaciones en la filosofía de la mente y la filosofía política13. Recientemente, el Dr. Gil-White formalizó su declaración como Ben Noaj ante el Beit Din presidido por el rabino Uri Sherki, fundador y director del Centro Noájida Mundial.

En cuanto a la divulgación de esta filosofía, el fenómeno es aún mayor. En Israel, por ejemplo, existe el boletín Ararat, donde redactores noájidas escriben artículos de pensamiento y se adentran en el desarrollo filosófico. En Francia destaca la revista BN’ mag, y en español NotiNoaj, que ha ofrecido disertaciones en diversos campos, incluyendo la divulgación de contenidos filosóficos sobre temáticas noájidas14.

Habiendo dejado claro que la filosofía noájida existe, que tiene precedentes históricos y que está activa tanto en su desarrollo como en su divulgación, no hay duda de que aún quedan temáticas por explorar y hay trabajo por hacer. Por otro lado, la «filosofía noájida» nunca podrá encasillarse en una definición rígida, ya que cada nación/cultura/sociedad tiene su propia metodología para llegar a conclusiones filosóficas15. Es decir, no hay una sola filosofía noájida, sino «setenta» (una gran multiplicidad), por lo que sería abrumadoramente etnocéntrico pensar que la academia occidental les puede imponer sus métodos de razonamiento para encasillarlos en definiciones anticuadas.

Vivimos en una generación donde las naciones están despertando, especialmente ahora que, desde el 7 de octubre del 2023, Israel ha pasado a ser un tema central en la discusión mundial. Lo importante es que todo aquel que sea noájida logre aportar al desarrollo del mundo, y esto incluye su propia elevación intelectual al contribuir con la literatura relacionada con las Leyes Noájidas. Como bien escribió el Rav Kook: «La literatura se santificará y también los escritores se santificarán»16.

Nota:

Resulta preocupante ver en redes sociales a personas con un evidente sesgo antirrabínico opinando sobre estos temas, cuando en realidad carecen de toda preparación en filosofía judía. Esto ocurre porque se trata de personas con un conocimiento meramente aficionado sobre lo que ellos llaman «noajismo», pero que no cuentan con estudios formales ni avanzados. Por mi parte, me enorgullece mencionar que aparte de mi preparación rabínica, actualmente curso mi maestría en filosofía judía y me dedico a la investigación de las Leyes Noájidas, estando registrado en el cuerpo de investigadores del Estado de Israel. Menciono esto para dar tranquilidad a quienes nos acompañan en esta página, Filosofía Judía, garantizándoles que aquí encuentran información respaldada por fuentes confiables.

Yaacov Amar Rothstein

4 de Nisan, 5786

Bibliografía

Benamozegh, E. (1914). Israël et l’humanité: étude sur le problème de la religion universelle et sa solution. E. Leroux.

Boulouque, C. (2020). Another Modernity: Elia Benamozegh’s Jewish Universalism. Stanford University Press.

Jospe, R. (2009). Jewish philosophy in the Middle Ages (1st ed.). Boston: Academic Studies Press.

Kass, L. (2007). The beginning of wisdom : reading Genesis. University of Chicago Press.

Leben, C. (2016). Hebrew sources in the doctrine of the law of nature and nations in early modern Europe. European Journal of International Law27(1), 79-106.

Nehorai, M. Z. (2003). A Portion in the World to Come for the Righteous/Sages of the Nations. Daat: A Journal of Jewish Philosophy & Kabbalah, (50/52), 97–105 (Heb.).

Novak, D. (1981). Universal moral law in the theology of Hermann Cohen. Modern Judaism, 101-117.

Palliere, A. (1933). Bergson et le judaisme. F. Alcan.

———. (1934). Come sono venuto all’Ebraismo e quello che vi ho trovato. La Rassegna Mensile di Israel8(10/12), 498-511.

Preston, A. (2005). Conformism in Analytic Philosophy: on shaping philosophical boundaries and prejudices. The Monist88(2), 292-319.

Sadik, S. (2023). Maimonides: a radical religious philosopher. Gorgias Press.

Sánchez Corrales, C. J. (2023). La Era Axial habermasiana y el código noájico: dos ópticas del mensaje universal del judaísmo. Cuadernos Judaicos, (40), 159–184.

Seligman, A. (2003). Tolerance, Tradition and Modernity, Cardozo L. Rev, 24(4), 1645–1656.

Veltri, G. (2018). Alienated Wisdom: Enquiry into Jewish Philosophy and Scepticism (Vol. 3). Walter de Gruyter GmbH & Co KG.

Vogel, L. (2006). Natural law Judaism? The genesis of bioethics in Hans Jonas, Leo Strauss, and Leon Kass. The Hastings Center Report, 36(3), 32–44.


[1] La expresión alemana Jüdische Philosophie apareció por primera vez en escrita por un judío en el manifiesto de Leopold Zunz sobre la Ciencia del Judaísmo. Véase Veltri, pp. 109-10. Para una comprensión más amplia, consúltese el capítulo 2 de dicha obra, donde se detalla el desarrollo histórico de la «filosofía judía» como una categoría epistemológica independiente.

[2] Al respecto tengo un video, ver aquí.

[3] Leyes de los Reyes, cap. 8, halajá 11.

[4] Véase el análisis detallado sobre esto en Nehorai, pp. 97-105. Cf. Igrot HaRa’ayah, carta 85.

[5] Sadik, pp. 154-5.

[6] Jospe, p. 9.

[7] Comentario de Nahmánides a Génesis 34:13. Cf. Malmad HaTalmidim de R. Jacob Anatoli, en la sección correspondiente a parashat Noaj.

[8] Novak, p. 106.

[9] Leben, p. 90. Comparar con la lectura de Vogel a la obra The Beginning of Wisdom de Leon Kass (pp. 194-95) en donde opina que la filosofía política en general necesita del nexo con las Leyes Noájidas. Ver en Vogel p. 42.

[10] Aimé Pallière escribió múltiples artículos de esta índole para distintas revistas (Boulouque, pp. 186-7), además de elaborar análisis sobre el pensamiento de diversos filósofos, tal como se evidencia en su texto Bergson et le Judaïsme. Véase Pallière, 1933. Incluso en escritos de carácter aparentemente anecdótico, incorporaba una profunda reflexión filosófica. Un ejemplo de ello es su célebre artículo de 1934, donde plantea interrogantes existenciales, aborda el clásico debate entre el libre albedrío y el determinismo, y cuestiona los límites del conocimiento desde una perspectiva epistemológica. Por otro lado, a pesar de su vasta erudición, Pallière establecía una distinción entre un Dios concebido desde la pura racionalidad (Dio dei filosofi o «Dios de los filósofos») y un Dios vivo (Dio della Rivelazione) de la tradición de Israel. Consúltese Pallière, 1934, pp. 505-8. Resulta igualmente notable su referencia a la «cábala filosófica» en el prefacio de Israël et l’Humanité, lo cual ilustra su forma de concebir la estructura teórica que fundamenta la obra del rabino Benamozegh en torno al concepto noájida. Véase Benamozegh, p. xv.

[11] Cecil, A. W. (2011). Secular by Design: A Philosophy of Noahide Laws and Observances. Academy of Shem.

[12] Sánchez, pp. 159-84.

[13] Véase, por ejemplo, el planteamiento del filósofo Aaron Preston respecto a por qué los filósofos creen en lo que creen, fundamentado en la evolución cultural. En dicho análisis, la investigación del Dr. Gil-White constituye el pilar teórico central del argumento. Consúltese Preston, pp. 294-5. Sobre que las Leyes Noájidas ofrecen una orientación general para establecer ciertas categorías filosóficas en cuanto a la conceptualización de la sociedad contemporánea, ver en Seligman, pp. 1651-2.

[14] En la actualidad, la administración de este espacio está a cargo de Solia Centeno de Baglivo, destacada abogada y escritora, con notable influencia en Bolivia en temáticas vinculadas al sistema educativo.

[15] Tal como lo expresa el abogado Luis Arturo García Moctezuma, director de la Comunidad Noájida Brit Olam México, en su próxima obra a publicarse (basado en la p. 44 del manuscrito preliminar, facilitado gentilmente por el autor de manera previa a su edición).

[16] Orot HaTejia 37.